Este jueves entra en vigor la Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo en Chile en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo. Promulgada en enero, esta norma actualiza e incorpora definiciones legales, añade medidas de prevención y perfecciona los procedimientos de investigación, alineándose con el Convenio N°190 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Chile en 2023.
Principales Cambios y Definiciones
La Ley Karin establece que las relaciones laborales deben basarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género. Redefine el acoso laboral como cualquier conducta de agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o trabajadores, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera constante. Además, introduce el concepto de «violencia en el trabajo», que incluye conductas ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes, proveedores o usuarios.
Lucía Debesa, experta en derecho laboral, destacó que la norma elimina la exigencia de reiteración para que una conducta sea considerada acoso laboral, lo que representa una modificación significativa.
Reglamentos Internos y Procedimientos
La ley manda que los reglamentos internos de las empresas con más de diez trabajadores permanentes deben incluir un protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo. Estos reglamentos deben elaborarse bajo las directrices de la Superintendencia de Seguridad Social.
La nueva legislación también refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y la Contraloría en los procedimientos de investigación, garantizando principios como la perspectiva de género, no discriminación, confidencialidad, imparcialidad y debido proceso.
Sanciones y Denuncias
Los empleadores que no cumplan con la ley pueden enfrentar multas de la DT, demandas laborales y, en casos graves, inhabilitación para contratar con el Estado por hasta dos años. Las denuncias pueden realizarse de manera protocolar, oral o escrita, ante el empleador o la DT, o a través de canales alternativos online que permitan el anonimato.
Luis Lizama, profesor en Derecho del Trabajo, explicó que la Ley Karin obliga a los empleadores a implementar un canal de denuncias anónimo. El ente que reciba la denuncia tiene tres días hábiles para abrir una investigación, y el empleador debe tomar medidas inmediatas de resguardo del denunciante.
Origen de la Ley
La Ley Karin lleva el nombre de Karin Salgado, una TENS del Hospital Herminda Martín de Chillán, quien se suicidó en noviembre de 2019 tras acusar acoso laboral. Entre enero de 2022 y abril de 2024, la DT registró 4.645 casos de acoso laboral y 2.248 denuncias de acoso sexual, con una mayoría de víctimas mujeres.














